Prado del Rey
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municipio, solo mostrar contorno, Tercer nivel administrativo
Las rica historia de Prado del Rey tiene sus hitos entre la Iptuci de la Antigüedad y las colonias fundadas en la época de Carlos III. Hay constancia de la existencia de comunidades paleolíticas en este entorno, pero es la ciudad romana de Iptuci, situada al sur del actual casco urbano, la que sirve de emblema de su legado histórico. En Iptuci, que forma parte de la Ruta Arqueológica de los Pueblos Blancos, se acuñaba moneda propia, y su importancia se deduce de las citas de Plinio y otros autores romanos. Su historia reciente tiene su origen en la Real Provisión de 29 de abril de 1768 que permitió la instalación en estos pagos de 189 colonos procedentes de las sierras de Grazalema y Ronda, en respuesta a una iniciativa repobladora promovida por el asistente de Sevilla, Pablo de Olavide.
Puerta de entrada de un entorno privilegiado, el integrado por los parques naturales de la Sierra de Grazalema y Los Alcornocales, en los que se extiende su término municipal, Prado del Rey es un área intermedia entre la campiña y la serranía, a una altura que oscila entre los 210 y los 581 metros sobre el nivel del mar. Es característica de su geografía la existencia de manantiales de gran contenido en sales, de los que son una muestra destacada las Salinas de Hortales. Entre su vegetación arbórea (basada en el bosque y matorral mediterráneo) sobresalen las encinas, acebuches, algarrobos, quejigos y alcornoques. Es zona de olivar y viñas. Son famosos su aceite de acebuchina y de oliva virgen y su vino 'Pajarete'.
El trazado urbano de Prado del Rey es, en sí mismo, digno de ser admirado. Es una muestra prototípica de las nuevas poblaciones carolinas del siglo XVIII, con el planeamiento lineal de las calles en cuadrícula, orientadas de norte a sur y de este a oeste, con manzanas de 30 x 60 metros en torno a los principales edificios religioso y civil.
Las edificaciones de mayor interés son la iglesia parroquial de Nuestra Señora del Carmen, de estilo neoclásico, datada en la primera mitad del siglo XIX, con un valioso retablo procedente de la iglesia de la Encarnación de Arcos de la Frontera y, en la fachada exterior, un cipo funerario procedente de Iptuci, fechado en el siglo II; y el Pósito de Labradores, levantado en 1790 para almacenar el trigo y la cebadapara consumo de los pobladores y que administraba el Cabildo Municipal.
Distante 91 kilómetros de la capital de la provincia gaditana, Prado del Rey mantiene la tradición artesanal de la sillería rústica a base de pino y haya y fibra vegetal, así como de la marroquinería.
Sus platos típicos son el salmorejo, la sopa cocida de espárragos y de tomates, el guiso de habas, los caracoles, cabrillas, chicharrones, menudillo de pavo y chivo, cocido de tagarninas...
Esta población celebra su Velada del Carmen a mediados de julio. El día 16 se celebra la procesión de la Patrona, seguida de una verbena popular en la plaza del Ayuntamiento. Previamente, en mayo, en el fin de semana posterior a San Isidro Labrador (día 15) se celebra la Romería en la Dehesa de Hortales. En agosto tiene lugar un ya afamado concurso nacional flamenco de Cante por Serranas y en septiembre, la Feria de ganado.
Padro del Rey tiene una población total de 5.814 habitantes, de los que 2.916 son hombres y 2.898, mujeres. El 28,25% de la población es menor de 20 años y el 12,9%, mayor de 65. Como emigrantes figuran 115 personas, mientras que como inmigrantes existen 132.
Otros datos de interés para conocer la configuración de Prado del Rey, obtenidos del Instituto de Estadística de Andalucía, son los siguientes: Existen 2.097 viviendas unifamiliares y 394 establecimientos empresariales, de los que 357 tienen menos de cinco empleados y 15 tienen entre seis y 19 trabajadores (hay 22 de los que no se tienen datos). Hay matriculados 1.630 vehículos turismo. Existen, por otra parte, 121 plazas de hoteles y 18 de pensiones.
En cuanto a la actividad agrícola, 1.048 hectáreas se dedican al cultivo herbáceo (avena y trigo, fundamentalmente) y 961 a olivar.
Por último, la renta media declarada en el IRPF último es de 1.482.067 pesetas.
Los orígenes del actual municipio de Prado del Rey están relacionados con un asentamiento de colonos promovida en la época de Carlos III en dos dehesas entonces pertenecientes a los propios de Sevilla. Fue el asistente del Cabildo de Sevilla e intendente de Andalucía, Pablo de Olavide, quien en una propuesta elevada al monarca para propiciar el desarrollo del sector agrícola en la región, sugirió la fundación de dos nuevas colonias en las cercanías de Villamartín, en el marco de un amplio plan de colonización de Sierra Morena y Andalucía. Merced a una real provisión, fechada el 29 de abril de 1768, en las dehesas de Prado del Rey y Armajal, se instalaron 189 colonos procedentes de la serranía de Grazalema y Ronda. A estos asentados (conocidos como "pobladores") se les distribuyeron lotes de tierra de una media de 36 fanegas por familia, a cambio del pago de un canon, consistente en la octava parte de la cosecha.
En sus comienzos, el poblamiento se desarrolló con notables dificultades económicas y la oposición política de sectores contrarios a esta iniciativa ilustrada. Pese a ello, los pobladores, lograron hacerse acreedores del derecho a desarrollar su vida en este nuevo paraje. El resultado, más de dos siglos después, es una localidad de habitantes emprendedores.
Un asentamiento con deficientes resultados económicos.-
El establecimiento de colonos en 1768 en las dehesas de Prado del Rey y Armajal, en terrenos pertenecientes entonces a los propios de la ciudad de Sevilla, en la actual provincia de Cádiz, se entendió como una de las iniciativas gubernamentales puestas en práctica para fomentar una clase media agrícola capaz de promover una modificación en el sistema de economía cerrada del Antiguo Régimen. Sin embargo, los deficientes resultados económicos de la producción agrícola durante los primeros años parecieron constituir un argumento implacable en manos de los sectores contrarios a este tipo de proyectos innovadores.
Esta impresión puede obtenerse del análisis de diversos expedientes guardados en el Archivo Municipal de Sevilla, de entre los que sirve de ejemplo una documentación fechada en 1772, que contiene todo un estudio de la evolución económica de Prado del Rey durante sus tres primeros años de desarrollo. Dicho estudio sirvió de base para una descalificación del proyecto colonizador. Sobre él se apoyaba una argumentación teórica reaccionaria, en un sentido histórico de oposición a la alienación de tierras para su reparto a colonos desfavorecidos.
Efectivamente, en abril de 1772, con una perspectiva de casi cuatro años desde la fundación de Prado del Rey, el contador mayor del Cabildo de Sevilla e interventor mayor de propios y arbitrios, Juan José Bulnes, exponía toda una relación de los perjuicios que el nuevo sistema de explotación de las tierras había ocasionado a los caudales públicos así como a los colonos. Se argüía, en primer lugar, la existencia de una serie de deficiencias formales en la presentación de las cuentas por parte del subdelegado de la nueva población, Casimiro de Angulo. Los reparos puestos por Bulnes consistían en "no venir los pliegos de gastos firmados (...) cuya explicación es efecto de falta de práctica en asuntos de esta clase; pues si la tuviera -continuaba el informe- conocería que la firma en la cuenta es la principal formalidad, y sin ella una relación o nota simple (...) ni merece fe, ni debe admitirse en particulares, que han de llevar arreglo y método". Además se decía que en determinadas partidas de las cuentas se plasmaba una cantidad superior a la justificada y errores en sumas y fechas, e incluso se acusaba al subdelegado de inexactitudes en la contabilización de los colonos que satisfacían el pago de sus cuotas.
Los reparos de Bulnes, sin embargo, iban mucho más allá, al exponer las pérdidas económicas que se habían producido en los primeros ejercicios. El contador sevillano verificaba que el perjuicio causado a los caudales públicos por el establecimiento de los colonos de Prado del Rey y Armajal ascendían en dos años y medio (es decir, hasta finales de 1770) a 228.343 reales y 17 maravedíes, lo que equivalía a una media de 91.337 reales de pérdida anual, "sin que pueda haber esperanza de más aumento". A explicación de estos resultados residía en que las tierras de siembra eran "flojas, no capaces de resistir muchas sementeras continuas", como la experiencia había acreditado en este corto tiempo, en el que "cada año ha sido menor la cuota", lo que permitía augurar que "será cada día mayor el atraso". Además, los terrenos de arboleda no se explotaron convenientemente, según el contador. Éste atribuía al sistema del reparto de terrenos a los colonos la causa del fracaso en la productividad del terreno arbóreo. Con respecto a estas tierras Bulnes consideraba "lastimoso recordar su estado; ellas eran de las mejores que la naturaleza producía en su especie: se hallaban en arrendamiento, cuidadas y conservadas", pero -añade- "luego que entraron los colonos, a quines se les dieron sin la menor cuenta y razón, empezaron a destruirlas cortando a su antojo cuanto necesitaron para labrar chozas, casas y demás de su avío y también para hacer hornos de carbón, viguería, carretas, arados y otras cosas con que abastecieron la comarca, vendiendo grandes porciones y utilizándose extraordinariamente con un imponderable perjuicio sin haber quien los reemprendiese ni estorbase semejantes atentados, para lo cual no había disculpa, pues -apostilla- aunque pudieron darla diciendo (que) era por beneficiar y poder laborar sus tierras (que ni aun en este caso debían hacerlo sin las correspondientes y debidas licencias, quedando a beneficio de los Propios lo que resultase de las cortas), no fue así".
El "fracaso" económico de las nuevas colonias, apenas dos años y medio después de su fundación, parecía evidente, a ojos del representante del Cabildo de Sevilla. Las cifras ofrecidas por Bulnes, desglosadas por ejercicios, se expresa en el siguiente cuadro:
Años
>Canon
Beneficio venta bellota
Coste de recolección
Pérdida
1768
65.220 r 15 mr
8.615 r 17 mr
56.604 r 32 mr
1769
46.647 r 05 mr
15.000 r 00 mr
5.660 r 26 mr
74.454 r 17 mr
1770
31.824 r 11 mr
8.300 r
6.968 r
97.284 r 19 mr
[Las pérdidas se calculan restándole al valor constante del arrendamiento anual (130.440 r y 30 mr) la resultante de la suma del canon anual y el beneficio de la venta del fruto de la bellota, menos el costo de recolección.]
Fuente: Archivo Municipal de Sevilla, 11ª, 56/29, f 2v
A partir de estos datos, Bulnes pretendió invalidar el proyecto colonizador, que "se concibió (como) un medio de ventaja a los caudales públicos respecto a la situación que iban a tomar las tierras". Pero pese a haberse creído que era beneficioso para el Estado, los caudales públicos y los propios colonos, "la experiencia ha acreditado -decía Bulnes- que este pensamiento, justamente fundado bajo aquellas reglas [en referencia a las condiciones propuestas para el establecimiento de la nueva población], no ha correspondido al hecho en ninguna de sus tres partes ni puede jamás corresponder a alguna".
Además, Bulnes acusaba de malversación de fondos al encargado de la venta del canon de 1769, Blas Martín Lobo, quien había sido nombrado por Casimiro de Angulo. A Blas Martín lo consideraba deudor de más de 13.700 reales que faltaban por entregar a la Hacienda y cuya responsabilidad recaía directamente sobre el subdelegado.
Por otra parte, se decía que los colonos incumplían las disposiciones legales bajo las cuales se planteó el proyecto. Según Bulnes, ello suponía la existencias de prácticas fraudulentas. A algunos colonos los acusaba de disfrutar de varias suertes a la vez bajo la apariencia de estar éstas a nombres de familiares suyos; a otros, de residir en otros pueblos, lo que contravenía la exigencia de que la familia entera habitase en la dehesa, si bien en este último caso se admitía la razón aducida por los colonos de que allí carecían de posibilidades para "el remedio una enfermedad o casual accidente por falta de aquellas medicinas indispensables", pues "en estos casos no pueden quedar a la contingencia, la cual no podría excusar si allí viviesen por la gran distancia que hay en las casas". A otros colonos, por último, los acusaba de no limitarse a sembrar la mitad de la tierra para dejar descansar la otra mitad.
Todos estos hechos, sin embargo, podrían considerarse indicadores de las dificultades de supervivencia de la nueva población, que no podía hacer frente a la relativa escasa calidad de las tierras, lo cual obligaba a sembrarlas cada año en su totalidad, con lo que se tendía a su progresivo agotamiento. Esta tendencia, además, no podía ser compensada con los beneficios de la explotación pecuaria, que estaba ceñida a un corto terreno.
En esta circunstancia no es extraña la afirmación de Bulnes según la cual "todo aquel colono a quien se ciñó a su suerte, conforme a lo determinado, solo ha subsistido en la población un año; cero el que dos, siendo forzoso oponer otro en su lugar, a quien ha seguido igual fortuna".
En conclusión, se proponía la vuelta de las dehesas a a "feliz situación que antes tenían". Así, en otro informe, fechado el 13 de octubre de 1772, el propio Cabildo de Sevilla solicitaba al rey Carlos III la restitución de las dehesas de Prado del Rey y Armajal "al pie en que estaban antes de un proyecto que ha producido efectos contrarios a los que se prometían", y aconsejaba el desalojo de todos los colonos, incluidos aquellos que sí hubiesen cumplido las condiciones establecidas (si bien, mediante indemnización) -rectificando de este modo una propuesta anterior según la cual éstos podrían seguir disfrutando de sus suertes-. La experiencia del fracaso de otras dos colonias de los propios de Sevilla, "Tablada" y "Tabladilla", parecía estar presente en estos argumentos. En "Tablada" y "Tabladilla" se habían repartido dos fanegas de tierra a cada bracero, pero "este método -creía el Cabildo- ha contraído un perjuicio tan grave, como se patentiza en el despreciable valor de 8.610 reales y 24 maravedíes, que consta tuvieron después muchas penalidades en su recobro, provenido (sic) de la suma infelicidad de esta clase de gente,, porque carecen de toda proporción para labor y cultivo de las tierras". En consecuencia, el Cabildo ordenó el cese del reparto, con lo que eso terrenos volvieron a ser arrendados como antes de la donación.
Aún en 1772, un informe de los contadores mayores del Cabildo sevillano, Juan José Bulnes y Bernabé Rodríguez de Sedano, hablaba del hecho de que sólo cuatro colonos de la dehesa de Armajal y 17 de la de Prado del Rey habían cumplido con la obligación de sembrar la mitad de sus terrenos.
Así pues, los negativos resultados económicos de los primeros ejercicios y el incumplimiento, por parte de los colonos, de las condiciones establecidas para la nueva población fueron los dos argumentos utilizados por Bulnes, para quien "la experiencia acredita los graves y extraordinarios perjuicios que sufren en esto los caudales públicos, hallándose con muchas largas y acreedores de justicia, que cada día van legitimando sus acciones, a quien no se les ha satisfecho por falta de fondo que se van verificando menos con las nuevas pensiones, y el despojo de estas dos importantes fincas".
En su informe dirigido al rey, fechado el 13 de octubre de 1772, el Cabildo sevillano recapitulaba acerca de los antecedentes de todo el proceso de establecimiento de los nuevos colonos y de las críticas efectuadas por Bulnes. Según el Cabildo, la Junta creada por el rey para una nueva administración de los propios y arbitrios resolvió "sin comunicárselo a la ciudad" poner en práctica el proyecto de seis dehesas, no consiguiéndose en cuatro de ellas "por más diligencias que dispuso su activo deseo", y verificándose sólo en Armajal y Prado del Rey. Pero aún en éstas "no tuvo lugar enteramente, por ser menos aptas para la agricultura que (para) la cría de ganados con sus pastos y abundante fruto de bellota, cuyos incentivos abrigaron algunas gentes, las cuales desde luego con pretexto del descuajo comenzaron a utilizarse de la arboleda de sus suertes respectivas; extendiéndose después a parajes que aún hoy no están repartidos". Y así, en el año 1770 "dudosa la Junta -continuaba el texto- se le citó por la variedad de noticias que recibía y creyendo ya tiempo de recoger el canon acordó enviar al contador más antiguo de la ciudad, don Juan Joseph Bulnes, en quien justamente confiaba" para informarle "del verdadero estado de todo". "A pesar de las oposiciones en contra para evitar tomar el conocimiento necesario del pie sobre que estaban las cosas -proseguía el memorándum-, adquirió el suficiente para gobierno de la Junta dar una idea del deplorable estado de las dehesas y confirmar lo que se tenía entendido por diversas partes de aquella población imaginaria". La Ciudad de Sevilla manifestaba haber esperado "a ver si producía el tiempo alguna de las utilidades con que el proyecto lisongeó", pero ante los constantes desengaños, se creía en la obligación de recurrir al Consejo.
Podría pensarse que no fue casual ni única esta crítica al proyecto colonizador. Así, Defourneaux expone cómo "la creation des nouveaux centres de peuplement suscitait des resistences analogues à celles que rencontrait Olavide dans les Nouveaux Établissements de Sierra Morena et d'Andalousie. Elles venaient des grandes propiétaires habitués à louer à la ville, dans des conditions avantageuses, les dehesas qui venaient d'être aliénées au profit des pelentrines". En este sentido, el proyecto encontró la oposición de los grandes propietarios de la zona, acostumbrados a arrendar las tierras en condiciones muy ventajosas. Pero, según Defourneaux, "le plus dangereux adversaire du nouvel établissement est la Commission des Domaines elle-même, qui, après avoir donné un acord unanime à sa creation, fait tout ce qu'elle peut pour la faire échouer". Según el hispanista francés, en realidad Bulnes hubo de luchar entre el mandato de la Junta y su propio sentimiento, que era favorable al plan de Olavide, hasta el punto de llegar a ser en lo sucesivo un hombre de confianza del asistente. Además, en mayo de 1774 el propio Bulnes escribió a Olavide indicándole que los trabajos agrícolas proseguían en las dos dehesas de forma satisfactoria.
Puerta de entrada de un entorno privilegiado, el integrado por los parques naturales de la Sierra de Grazalema y Los Alcornocales, en los que se extiende su término municipal, Prado del Rey es un área intermedia entre la campiña y la serranía, a una altura que oscila entre los 210 y los 581 metros sobre el nivel del mar. Es característica de su geografía la existencia de manantiales de gran contenido en sales, de los que son una muestra destacada las Salinas de Hortales. Entre su vegetación arbórea (basada en el bosque y matorral mediterráneo) sobresalen las encinas, acebuches, algarrobos, quejigos y alcornoques. Es zona de olivar y viñas. Son famosos su aceite de acebuchina y de oliva virgen y su vino 'Pajarete'.
El trazado urbano de Prado del Rey es, en sí mismo, digno de ser admirado. Es una muestra prototípica de las nuevas poblaciones carolinas del siglo XVIII, con el planeamiento lineal de las calles en cuadrícula, orientadas de norte a sur y de este a oeste, con manzanas de 30 x 60 metros en torno a los principales edificios religioso y civil.
Las edificaciones de mayor interés son la iglesia parroquial de Nuestra Señora del Carmen, de estilo neoclásico, datada en la primera mitad del siglo XIX, con un valioso retablo procedente de la iglesia de la Encarnación de Arcos de la Frontera y, en la fachada exterior, un cipo funerario procedente de Iptuci, fechado en el siglo II; y el Pósito de Labradores, levantado en 1790 para almacenar el trigo y la cebadapara consumo de los pobladores y que administraba el Cabildo Municipal.
Distante 91 kilómetros de la capital de la provincia gaditana, Prado del Rey mantiene la tradición artesanal de la sillería rústica a base de pino y haya y fibra vegetal, así como de la marroquinería.
Sus platos típicos son el salmorejo, la sopa cocida de espárragos y de tomates, el guiso de habas, los caracoles, cabrillas, chicharrones, menudillo de pavo y chivo, cocido de tagarninas...
Esta población celebra su Velada del Carmen a mediados de julio. El día 16 se celebra la procesión de la Patrona, seguida de una verbena popular en la plaza del Ayuntamiento. Previamente, en mayo, en el fin de semana posterior a San Isidro Labrador (día 15) se celebra la Romería en la Dehesa de Hortales. En agosto tiene lugar un ya afamado concurso nacional flamenco de Cante por Serranas y en septiembre, la Feria de ganado.
Padro del Rey tiene una población total de 5.814 habitantes, de los que 2.916 son hombres y 2.898, mujeres. El 28,25% de la población es menor de 20 años y el 12,9%, mayor de 65. Como emigrantes figuran 115 personas, mientras que como inmigrantes existen 132.
Otros datos de interés para conocer la configuración de Prado del Rey, obtenidos del Instituto de Estadística de Andalucía, son los siguientes: Existen 2.097 viviendas unifamiliares y 394 establecimientos empresariales, de los que 357 tienen menos de cinco empleados y 15 tienen entre seis y 19 trabajadores (hay 22 de los que no se tienen datos). Hay matriculados 1.630 vehículos turismo. Existen, por otra parte, 121 plazas de hoteles y 18 de pensiones.
En cuanto a la actividad agrícola, 1.048 hectáreas se dedican al cultivo herbáceo (avena y trigo, fundamentalmente) y 961 a olivar.
Por último, la renta media declarada en el IRPF último es de 1.482.067 pesetas.
Los orígenes del actual municipio de Prado del Rey están relacionados con un asentamiento de colonos promovida en la época de Carlos III en dos dehesas entonces pertenecientes a los propios de Sevilla. Fue el asistente del Cabildo de Sevilla e intendente de Andalucía, Pablo de Olavide, quien en una propuesta elevada al monarca para propiciar el desarrollo del sector agrícola en la región, sugirió la fundación de dos nuevas colonias en las cercanías de Villamartín, en el marco de un amplio plan de colonización de Sierra Morena y Andalucía. Merced a una real provisión, fechada el 29 de abril de 1768, en las dehesas de Prado del Rey y Armajal, se instalaron 189 colonos procedentes de la serranía de Grazalema y Ronda. A estos asentados (conocidos como "pobladores") se les distribuyeron lotes de tierra de una media de 36 fanegas por familia, a cambio del pago de un canon, consistente en la octava parte de la cosecha.
En sus comienzos, el poblamiento se desarrolló con notables dificultades económicas y la oposición política de sectores contrarios a esta iniciativa ilustrada. Pese a ello, los pobladores, lograron hacerse acreedores del derecho a desarrollar su vida en este nuevo paraje. El resultado, más de dos siglos después, es una localidad de habitantes emprendedores.
Un asentamiento con deficientes resultados económicos.-
El establecimiento de colonos en 1768 en las dehesas de Prado del Rey y Armajal, en terrenos pertenecientes entonces a los propios de la ciudad de Sevilla, en la actual provincia de Cádiz, se entendió como una de las iniciativas gubernamentales puestas en práctica para fomentar una clase media agrícola capaz de promover una modificación en el sistema de economía cerrada del Antiguo Régimen. Sin embargo, los deficientes resultados económicos de la producción agrícola durante los primeros años parecieron constituir un argumento implacable en manos de los sectores contrarios a este tipo de proyectos innovadores.
Esta impresión puede obtenerse del análisis de diversos expedientes guardados en el Archivo Municipal de Sevilla, de entre los que sirve de ejemplo una documentación fechada en 1772, que contiene todo un estudio de la evolución económica de Prado del Rey durante sus tres primeros años de desarrollo. Dicho estudio sirvió de base para una descalificación del proyecto colonizador. Sobre él se apoyaba una argumentación teórica reaccionaria, en un sentido histórico de oposición a la alienación de tierras para su reparto a colonos desfavorecidos.
Efectivamente, en abril de 1772, con una perspectiva de casi cuatro años desde la fundación de Prado del Rey, el contador mayor del Cabildo de Sevilla e interventor mayor de propios y arbitrios, Juan José Bulnes, exponía toda una relación de los perjuicios que el nuevo sistema de explotación de las tierras había ocasionado a los caudales públicos así como a los colonos. Se argüía, en primer lugar, la existencia de una serie de deficiencias formales en la presentación de las cuentas por parte del subdelegado de la nueva población, Casimiro de Angulo. Los reparos puestos por Bulnes consistían en "no venir los pliegos de gastos firmados (...) cuya explicación es efecto de falta de práctica en asuntos de esta clase; pues si la tuviera -continuaba el informe- conocería que la firma en la cuenta es la principal formalidad, y sin ella una relación o nota simple (...) ni merece fe, ni debe admitirse en particulares, que han de llevar arreglo y método". Además se decía que en determinadas partidas de las cuentas se plasmaba una cantidad superior a la justificada y errores en sumas y fechas, e incluso se acusaba al subdelegado de inexactitudes en la contabilización de los colonos que satisfacían el pago de sus cuotas.
Los reparos de Bulnes, sin embargo, iban mucho más allá, al exponer las pérdidas económicas que se habían producido en los primeros ejercicios. El contador sevillano verificaba que el perjuicio causado a los caudales públicos por el establecimiento de los colonos de Prado del Rey y Armajal ascendían en dos años y medio (es decir, hasta finales de 1770) a 228.343 reales y 17 maravedíes, lo que equivalía a una media de 91.337 reales de pérdida anual, "sin que pueda haber esperanza de más aumento". A explicación de estos resultados residía en que las tierras de siembra eran "flojas, no capaces de resistir muchas sementeras continuas", como la experiencia había acreditado en este corto tiempo, en el que "cada año ha sido menor la cuota", lo que permitía augurar que "será cada día mayor el atraso". Además, los terrenos de arboleda no se explotaron convenientemente, según el contador. Éste atribuía al sistema del reparto de terrenos a los colonos la causa del fracaso en la productividad del terreno arbóreo. Con respecto a estas tierras Bulnes consideraba "lastimoso recordar su estado; ellas eran de las mejores que la naturaleza producía en su especie: se hallaban en arrendamiento, cuidadas y conservadas", pero -añade- "luego que entraron los colonos, a quines se les dieron sin la menor cuenta y razón, empezaron a destruirlas cortando a su antojo cuanto necesitaron para labrar chozas, casas y demás de su avío y también para hacer hornos de carbón, viguería, carretas, arados y otras cosas con que abastecieron la comarca, vendiendo grandes porciones y utilizándose extraordinariamente con un imponderable perjuicio sin haber quien los reemprendiese ni estorbase semejantes atentados, para lo cual no había disculpa, pues -apostilla- aunque pudieron darla diciendo (que) era por beneficiar y poder laborar sus tierras (que ni aun en este caso debían hacerlo sin las correspondientes y debidas licencias, quedando a beneficio de los Propios lo que resultase de las cortas), no fue así".
El "fracaso" económico de las nuevas colonias, apenas dos años y medio después de su fundación, parecía evidente, a ojos del representante del Cabildo de Sevilla. Las cifras ofrecidas por Bulnes, desglosadas por ejercicios, se expresa en el siguiente cuadro:
Años
>Canon
Beneficio venta bellota
Coste de recolección
Pérdida
1768
65.220 r 15 mr
8.615 r 17 mr
56.604 r 32 mr
1769
46.647 r 05 mr
15.000 r 00 mr
5.660 r 26 mr
74.454 r 17 mr
1770
31.824 r 11 mr
8.300 r
6.968 r
97.284 r 19 mr
[Las pérdidas se calculan restándole al valor constante del arrendamiento anual (130.440 r y 30 mr) la resultante de la suma del canon anual y el beneficio de la venta del fruto de la bellota, menos el costo de recolección.]
Fuente: Archivo Municipal de Sevilla, 11ª, 56/29, f 2v
A partir de estos datos, Bulnes pretendió invalidar el proyecto colonizador, que "se concibió (como) un medio de ventaja a los caudales públicos respecto a la situación que iban a tomar las tierras". Pero pese a haberse creído que era beneficioso para el Estado, los caudales públicos y los propios colonos, "la experiencia ha acreditado -decía Bulnes- que este pensamiento, justamente fundado bajo aquellas reglas [en referencia a las condiciones propuestas para el establecimiento de la nueva población], no ha correspondido al hecho en ninguna de sus tres partes ni puede jamás corresponder a alguna".
Además, Bulnes acusaba de malversación de fondos al encargado de la venta del canon de 1769, Blas Martín Lobo, quien había sido nombrado por Casimiro de Angulo. A Blas Martín lo consideraba deudor de más de 13.700 reales que faltaban por entregar a la Hacienda y cuya responsabilidad recaía directamente sobre el subdelegado.
Por otra parte, se decía que los colonos incumplían las disposiciones legales bajo las cuales se planteó el proyecto. Según Bulnes, ello suponía la existencias de prácticas fraudulentas. A algunos colonos los acusaba de disfrutar de varias suertes a la vez bajo la apariencia de estar éstas a nombres de familiares suyos; a otros, de residir en otros pueblos, lo que contravenía la exigencia de que la familia entera habitase en la dehesa, si bien en este último caso se admitía la razón aducida por los colonos de que allí carecían de posibilidades para "el remedio una enfermedad o casual accidente por falta de aquellas medicinas indispensables", pues "en estos casos no pueden quedar a la contingencia, la cual no podría excusar si allí viviesen por la gran distancia que hay en las casas". A otros colonos, por último, los acusaba de no limitarse a sembrar la mitad de la tierra para dejar descansar la otra mitad.
Todos estos hechos, sin embargo, podrían considerarse indicadores de las dificultades de supervivencia de la nueva población, que no podía hacer frente a la relativa escasa calidad de las tierras, lo cual obligaba a sembrarlas cada año en su totalidad, con lo que se tendía a su progresivo agotamiento. Esta tendencia, además, no podía ser compensada con los beneficios de la explotación pecuaria, que estaba ceñida a un corto terreno.
En esta circunstancia no es extraña la afirmación de Bulnes según la cual "todo aquel colono a quien se ciñó a su suerte, conforme a lo determinado, solo ha subsistido en la población un año; cero el que dos, siendo forzoso oponer otro en su lugar, a quien ha seguido igual fortuna".
En conclusión, se proponía la vuelta de las dehesas a a "feliz situación que antes tenían". Así, en otro informe, fechado el 13 de octubre de 1772, el propio Cabildo de Sevilla solicitaba al rey Carlos III la restitución de las dehesas de Prado del Rey y Armajal "al pie en que estaban antes de un proyecto que ha producido efectos contrarios a los que se prometían", y aconsejaba el desalojo de todos los colonos, incluidos aquellos que sí hubiesen cumplido las condiciones establecidas (si bien, mediante indemnización) -rectificando de este modo una propuesta anterior según la cual éstos podrían seguir disfrutando de sus suertes-. La experiencia del fracaso de otras dos colonias de los propios de Sevilla, "Tablada" y "Tabladilla", parecía estar presente en estos argumentos. En "Tablada" y "Tabladilla" se habían repartido dos fanegas de tierra a cada bracero, pero "este método -creía el Cabildo- ha contraído un perjuicio tan grave, como se patentiza en el despreciable valor de 8.610 reales y 24 maravedíes, que consta tuvieron después muchas penalidades en su recobro, provenido (sic) de la suma infelicidad de esta clase de gente,, porque carecen de toda proporción para labor y cultivo de las tierras". En consecuencia, el Cabildo ordenó el cese del reparto, con lo que eso terrenos volvieron a ser arrendados como antes de la donación.
Aún en 1772, un informe de los contadores mayores del Cabildo sevillano, Juan José Bulnes y Bernabé Rodríguez de Sedano, hablaba del hecho de que sólo cuatro colonos de la dehesa de Armajal y 17 de la de Prado del Rey habían cumplido con la obligación de sembrar la mitad de sus terrenos.
Así pues, los negativos resultados económicos de los primeros ejercicios y el incumplimiento, por parte de los colonos, de las condiciones establecidas para la nueva población fueron los dos argumentos utilizados por Bulnes, para quien "la experiencia acredita los graves y extraordinarios perjuicios que sufren en esto los caudales públicos, hallándose con muchas largas y acreedores de justicia, que cada día van legitimando sus acciones, a quien no se les ha satisfecho por falta de fondo que se van verificando menos con las nuevas pensiones, y el despojo de estas dos importantes fincas".
En su informe dirigido al rey, fechado el 13 de octubre de 1772, el Cabildo sevillano recapitulaba acerca de los antecedentes de todo el proceso de establecimiento de los nuevos colonos y de las críticas efectuadas por Bulnes. Según el Cabildo, la Junta creada por el rey para una nueva administración de los propios y arbitrios resolvió "sin comunicárselo a la ciudad" poner en práctica el proyecto de seis dehesas, no consiguiéndose en cuatro de ellas "por más diligencias que dispuso su activo deseo", y verificándose sólo en Armajal y Prado del Rey. Pero aún en éstas "no tuvo lugar enteramente, por ser menos aptas para la agricultura que (para) la cría de ganados con sus pastos y abundante fruto de bellota, cuyos incentivos abrigaron algunas gentes, las cuales desde luego con pretexto del descuajo comenzaron a utilizarse de la arboleda de sus suertes respectivas; extendiéndose después a parajes que aún hoy no están repartidos". Y así, en el año 1770 "dudosa la Junta -continuaba el texto- se le citó por la variedad de noticias que recibía y creyendo ya tiempo de recoger el canon acordó enviar al contador más antiguo de la ciudad, don Juan Joseph Bulnes, en quien justamente confiaba" para informarle "del verdadero estado de todo". "A pesar de las oposiciones en contra para evitar tomar el conocimiento necesario del pie sobre que estaban las cosas -proseguía el memorándum-, adquirió el suficiente para gobierno de la Junta dar una idea del deplorable estado de las dehesas y confirmar lo que se tenía entendido por diversas partes de aquella población imaginaria". La Ciudad de Sevilla manifestaba haber esperado "a ver si producía el tiempo alguna de las utilidades con que el proyecto lisongeó", pero ante los constantes desengaños, se creía en la obligación de recurrir al Consejo.
Podría pensarse que no fue casual ni única esta crítica al proyecto colonizador. Así, Defourneaux expone cómo "la creation des nouveaux centres de peuplement suscitait des resistences analogues à celles que rencontrait Olavide dans les Nouveaux Établissements de Sierra Morena et d'Andalousie. Elles venaient des grandes propiétaires habitués à louer à la ville, dans des conditions avantageuses, les dehesas qui venaient d'être aliénées au profit des pelentrines". En este sentido, el proyecto encontró la oposición de los grandes propietarios de la zona, acostumbrados a arrendar las tierras en condiciones muy ventajosas. Pero, según Defourneaux, "le plus dangereux adversaire du nouvel établissement est la Commission des Domaines elle-même, qui, après avoir donné un acord unanime à sa creation, fait tout ce qu'elle peut pour la faire échouer". Según el hispanista francés, en realidad Bulnes hubo de luchar entre el mandato de la Junta y su propio sentimiento, que era favorable al plan de Olavide, hasta el punto de llegar a ser en lo sucesivo un hombre de confianza del asistente. Además, en mayo de 1774 el propio Bulnes escribió a Olavide indicándole que los trabajos agrícolas proseguían en las dos dehesas de forma satisfactoria.
Artículo de Wikipedia: http://es.wikipedia.org/wiki/Prado_del_Rey
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